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Hay cuatro sentidos diferentes en los que podemos llamar a una cosa anterior a otra.
Siempre que usamos el término anterior en su sentido propio y primario, es el tiempo lo
que nosotros tenemos ante los ojos. De esta manera llamamos a una cosa más vieja o más
antigua que cualquier otra, significando que su tiempo ha sido más largo.
En segundo lugar, el término anterior se puede usar cuando el orden de existencia entre
dos cosas es fijo y no puede hacerse reversible. Entre los números, el uno es anterior al
dos. Pues, suponiendo que exista el dos, se sigue que debe de existir el uno. Por el
contrario, la existencia del uno no implica la del dos. Y, en consecuencia, el orden de
existencia no puede cambiarse ni es reversible. Así, entre dos cosas, llamaremos a una
anterior, cuando precede a la otra en una secuencia irreversible.
En tercer lugar, usamos el término anterior respecto de un criterio de orden cualquiera.
Ese es el caso de las ciencias, como lo es también de los discursos. En las ciencias que
hacen uso de la demostración, tenemos lo que en su orden es anterior y lo que, por el
contrario, es posterior. Tomemos por ejemplo la ciencia geométrica: los elementos,
puntos, líneas, etc., son anteriores a las proposiciones o problemas. Y, de manera
análoga, en la ciencia que llamamos gramática, las letras son anteriores a las sílabas. De
igual manera, en el caso de un discurso, el proemio es anterior a la narración.
Además de los tres sentidos susodichos, cualquier cosa que sea mejor o más digna de
estima, se dice que es naturalmente anterior. Así la gente, en su lenguaje ordinario,
hablando de aquellas cosas que más estima, las describe como primeras para ellos o
como poseedoras de un sitio preeminente en sus afectos. De todas maneras, este uso
parece ser el más extraño de todos.
Esos son, según creo, los cuatro sentidos distintos en que podemos usar el término
anterior. Al parecer, aún podría darse otro fuera de los que acabamos de mencionar.
Pues, en el caso de dos cosas, en que la existencia de la una implica o connota
necesariamente la existencia de la otra, esa cosa que de alguna manera es la causa puede,
en consecuencia, considerarse en justicia como anterior a la otra por naturaleza. Casos de
este tipo pueden hallarse claramente. La existencia de un hombre, por ejemplo. implica
necesariamente la verdad del juicio por el que se afirma esa existencia suya. Y también
el caso inverso es así. Pues, si él existe, el juicio que afirme el hecho será verdadero. Y,
al contrario, si el juicio es verdadero, el hombre a que el juicio hace referencia debe de
existir: El juicio verdadero, sin embargo, no es en manera alguna la causa de la
existencia esa del hombre; en cambio, su existencia podría parecer de alguna manera ser
causa de la verdad de la proposición verdadera. Pues esta última se llama verdadera o
falsa, según ese hombre exista o no exista. Según eso, parece que utilizamos el término
anterior en cinco sentidos distintos.
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